jueves, 12 de mayo de 2011

Liberalismo, constitución y derechos fundamentales

Por: Lic. Luis Marín
lmarin@socialconsultores.com



A lo largo del desarrollo de las sociedades, los seres humanos han venido organizándose en grupos sociales, de menor a mayor tamaño y complejidad, con el fin de garantizar la subsistencia y algunas de las prerrogativas de la vida social.

El tránsito desde la tribu o clan a la comunidad, y luego a la sociedad, se realizó basado en una serie de principios que norman el orden social, en busca de la integración.

El liberalismo, es una de estas formas de constitución de la sociedad, en donde confluyen contenidos políticos, sociales y económicos.

A John Locke se le considera el padre del liberalismo, pues es fruto de sus ideas el desarrollo de esta doctrina. Una de estas ideas, que es fundamental para entender el punto de partida de la concepción liberal, es la noción de estado de naturaleza.

Locke proponía que en este estado de naturaleza –naturaleza pre social y pre política- el hombre era feliz (a diferencia y en franca contraposición a las tesis de Hobbes, quien afirmaba que “el hombre es un lobo para el hombre” lo que haría imposible cualquier estado de gracia natural, puesto que también afirmaba que dada esta condición de frecuente competencia y rivalidad, era necesaria la existencia de un gobierno autoritario y totalitario, en donde los sujetos eran sometidos a la voluntad del soberano). Es en esta condición en la que el hombre es titular de derechos naturales e inalienables, que son anteriores y superiores a cualquier Estado.

Estos derechos primigenios son los del derecho a la vida, derecho a la seguridad, a la libertad individual y el a la propiedad; y como se mencionó líneas arriba, parten de este estado de naturaleza o de la ley de Dios, externos a cualquier constructo del hombre.

Este es el presupuesto filosófico del Estado Liberal, un Estado que defiende las libertades inherentes a todos y cada uno de los individuos que conforman la sociedad, y que no interfiere en la libre acción del ser humano, pero que sin embargo también exige en este estado de cosas, que el ciudadano (1) sea también portador de deberes, como lo es también de derechos, aunque ello implique la renuncia de algunos de estos últimos, en pos siempre, del orden e integración social.

Por lo tanto, dado el paso de una comunidad primitiva a una sociedad, y siendo así necesaria la aparición del Estado para la protección de los derechos individuales, por los medios coercitivos que se crea conveniente –uno de ellos la fuerza si fuera necesaria (2), aunque esta protección no debe de ninguna manera avasallar los derechos individuales. Es por ello que al Estado Liberal se le considera un Estado limitado; sin embargo cabe mencionar que es este tipo de Estado Liberal el que está en permanente contraposición y tensión con los Estados totalitarios de bases filosóficas hobbesianas.

En este nuevo Estado Liberal, el contrato social se reformula para el bien de los individuos, aceptando las tesis iusnaturalistas (derechos naturales pre sociales, independientes de la voluntad del hombre que derivan en la ley natural).

Además de estas características se puede mencionar también que este régimen político necesita un conjunto de leyes, reificadas en un documento o conjunto de códigos que preserve los derechos individuales y que contemple sanciones a los que transgreden estos derechos, que sustente y ordene los poderes de este Estado, dentro de un orden democrático que vaya en contra de cualquier anhelo totalitario, y que se encargue de volcar el poder hacia el ciudadano portador de derechos.

Este Estado Liberal se caracteriza por erosionar en su surgimiento los regímenes absolutistas, pues surge de crisis muy agudas y de rupturas revolucionarias. Se basa en un régimen constitucional democrático que busca la convivencia duradera y pacífica. En este constitucionalismo el poder no está centralizado, sino que se divide funcionalmente en el sistema. Por lo que así se contrapesa de alguna manera el poder, y se neutralizan por ende las diversas instancias, asegurando la protección al individuo, en cuanto a sus derechos, que no pueden ser sometidos a mayorías. Surge en el último cuarto del siglo XVIII y se inicia con la Revolución Norteamericana y la Francesa. Se basa también en la formulación de un documento político, de un conjunto de leyes, que organiza el funcionamiento del Estado, en entes legislativos y ejecutivos. A su vez es un documento de carácter jurídico pues es el corpus de normas básicas por las que se ordena el Estado y la sociedad, es decir; se convierte su contenido en vinculante para cualquier entidad sea pública como privada.

Este régimen constitucional se basa en la aceptación de la constitución como documento jurídico – normativo así como también en la aceptación de tal como elemento de la voluntad política nacional de muy largo plazo.

La constitución tiene características específicas que resaltan o reafirman la importancia de su rol en la sociedad, algunas de éstas son:

- Funciona como ley suprema con un alto grado de rigurosidad en su elaboración. La constitución es rígida pero reformulable siempre y cuando esta modificación esté legitimada en una democracia representativa.
- Funda el orden o distribución social de las entidades estatales y de las particulares en la sociedad. En ella encontraremos una distribución también de los límites y responsabilidades de estos dos tipos de actores.
- Garantiza el respeto de los derechos del ser humano, de los valores de la sociedad (3) y su protección.
- En ella se establece el debe ser actual y futuro. Es una especie de hoja de ruta en cuanto a las consideraciones referentes a los anhelos y aspiraciones de una sociedad.
- Su seguridad como base jurídica depende de la estabilidad temporal que se le asigne, es decir; de su vigencia.
- Es un documento que establece reglas de juego para los conflictos políticos en procura del poder. Idealmente siempre en un contexto democrático.
- Se constituye en un símbolo de la democracia. Por ende no debe ser influenciada en sus cambios por grupos o partidos políticos con intereses particulares. Surge del consenso y de la creencia en él.

Para la existencia positivada de los anhelos y reglas de la sociedad en un documento como el de la Constitución, ha debido acontecer un tránsito desde lo que se denominan los derechos morales (Locke) o también llamados derechos del hombre (concedidos en 1215 en la Carta Magna por Juan sin Tierra en Inglaterra) reconocidos por el Estado a ellos mismos constituirse como derechos legales, al formularse la Constitución, que debe rescatarlos, reconocerlos y protegerlos.

Finalmente, este régimen liberal basado en un orden constitucional, se caracteriza por:

- Un fuerte individualismo, en donde el ser humano, titular del poder en democracia, es la medida de todas las cosas.
- Por un cierto autonomismo de tipo moral, puesto que en cada régimen social varía el acervo valorativo; pero si se instituye la libertad como eje o valor absoluto de este régimen.
- Suponer la bondad del hombre en la naturaleza, en donde según siga su razonamiento logrará el progreso. Un régimen principalmente laico en ese sentido(4).
- Ubicarse en un contexto democrático, ya que en su basamento no puede haber privilegios entre los individuos dado el fuerte carácter contractual de la sociedad, con un ente central estatal que regula las desigualdades.

En la actualidad este régimen se reinterpreta en un contexto globalizado, con políticas neoliberales en el aspecto económico en la mayoría de los países. Aquí los derechos fundamentales del ser humano no necesariamente son protegidos o amparados por la Constitución. Existe una contradicción entre las bases filosóficas del liberalismo y este neoliberalismo vitalmente económico. Sin embargo; este liberalismo trajo consigo un aumento de la productividad mundial, y un fuerte democratismo, que se debe rescatar y valorar, mas allá de una falsa aplicación del modelo, en otro contexto (el capitalista) en donde la esfera económica subyuga a la esfera social.

NOTAS

1 El integrante de esta sociedad deviene en ciudadano al acontecer el tránsito de una comunidad de tipo primitivo basada en su ligazón por vínculos de sangre y/o parentesco para pasar a conformar una comunidad mucho mas amplia, en donde los grupos se concentren en pos de la protección de sus derechos para lograr la sobre vivencia, y a su vez para garantizar una adecuada defensa del nuevo orden frente a cualquier eventual amenaza externa. Véase en: Bobbio, 1996, p. 98.

2 Este uso de la fuerza es monopolizado por el Estado en esta nueva sociedad, siempre y cuando sea legitimado por el consenso social. Este punto es uno de los que merma de alguna forma las libertades individuales en la antigüedad, aunque su práctica es siempre limitada a la protección de la integridad de los individuos, así como también la protección frente a cualquier intento de expropiación o daño a la propiedad ajena.


3 Los valores si bien es cierto varían de sociedad en sociedad, son fruto también del consenso. Normalmente se aspira a que la constitución refleje los valores de la sociedad en pleno, y que a su vez los garantice. Véase: Problemas de filosofía política. D. D. s/f, p. 117.

4 Ya que esto supone la preeminencia de instituciones tutelares como la Iglesia. Entraría en contradicción con el valor de la libertad, los derechos individuales, el culto a la razón, etc.

BIBLIOGRAFIA

Bobbio, Norberto; Estado, gobierno y sociedad: por una teoría general de la política. México, D. F.; Fondo de Cultura Económica, 1996.
Bobbio, Norberto; Igualdad y libertad. Buenos Aires - Argentina; Ediciones PAIDOS, 19??.
Bobbio, Norberto; Liberalismo y democracia. Argentina, Buenos Aires; Fondo de Cultura Económica, 1989
D. D. Raphael, Problemas de filosofía política; Alianza Editorial, s/f.
López, Sinesio; Ciudadanos reales e imaginarios: concepciones, desarrollo y mapas de ciudadanía en el Perú. Lima: IDS – Instituto de Diálogo y Propuestas, 1997.

1 comentario:

JOSE G dijo...

INTERESANTE, PERO CREO QUE ESA CLASE DE LIBERTAD MUCHAS VECES ORIGINA QUE TENGAMOS EL CAMINO LIBRE PARA HACER GUERRAS, COLONIZAR PAISES,COMERCIAR CON ESCLAVOS, DESTRUIR EL MEDIO AMBIENTE, Y CREERNOS SUPERIORES.